El club envió una carta al FC Parma por el tema Battaglia. Se acusa al jugador de romper el contrato, se anticipa una posible denuncia ante FIFA y se reclaman sanciones económicas y deportivas. A continuación, el comunicado completo.
Ciudad A. de Buenos Aires, Enero de 2013
Parma Football Club S.p.A.
Sr. Presidente
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted, en nuestro carácter de Presidente y Secretario General de CLUB ATLETICO HURACAN ASOCIACION CIVIL, a fin de poner en vuestro conocimiento la situación contractual del futbolista Sr. RODRIGO BATTAGLIA (D.N.I. 35.988.551).-
El futbolista mencionado se vinculó jurídicamente a nuestro Club, mediante un contrato deportivo laboral que debió cumplir hasta el 30 de Junio de 2013.-
Sin embargo, en forma intempestiva y unilateral, sin intimación previa y alegando falsas circunstancias, el mencionado futbolista rompió el contrato de trabajo sin causa justificada en fecha 07 de Enero de 2013.-
Esta última circunstancia fue reconocida expresamente por el futbolista en el telegrama que remitiera a Huracán, según sus propias manifestaciones obrantes en el anteúltimo párrafo del mismo.-
Se adjunta al presente copias del telegrama que el futbolista remitió a Huracán y de la carta documento de contestación del Club.-
Hemos recibido noticias mediante las cuales nos advierten que Parma Football Club S.p.A. estaría interesada en contratar los servicios deportivos del mencionado futbolista.-
Sabemos también del invalorable esfuerzo realizado por las instituciones vinculadas al fútbol, entre las cuales incluimos a vuestra institución, en defensa de la estabilidad contractual y el mantenimiento del vínculo laboral.-
Sin perjuicio de ello y en aras de la defensa del patrimonio del Club Atlético Huracán, comunicamos formalmente que, en caso que Parma Football Club S.p.A. o cualquier otra institución deportiva celebre contrato de trabajo con el futbolista Sr. Rodrigo Battaglia, procederemos a formular la denuncia respectiva por ante FIFA.-
Con fundamento en la extinción del contrato de trabajo ejercida por el futbolista sin causa alguna y la inexistencia de sustentofáctico y/o jurídico de tal proceder, con el fin de reclamar las sanciones económicas y deportivas en orden a lo dispuesto por el art. 17 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA.-
Específicamente, se requerirá ante FIFA se condene al jugador al pago de una indemnización, resarciendo el perjuicio patrimonial ocasionado, responsabilizando a su pago en forma solidaria a la institución deportiva con la cual se vincule. Asimismo, se requerirá una sanción deportiva consistente en su inhabilitación, como así también se le impida a la institución que contrate sus servicios a incorporar futbolistas durante el transcurso de dos temporadas.-
Todo ello, como se indicara ut-supra, con fundamento en la ruptura contractual sin causa justificada en la cual ha incurrido el Sr. Battaglia y el ordenamiento jurídico reglamentario FIFA.-
Por todo lo expuesto, solicitamos tenga a bien adoptar las medidas que fueren pertinentes a efectos de resguardar los principios que deben prevalecer en el ámbito del fútbol mundial, a fin de preservar el patrimonio institucional y el debido respeto de los vínculos contractuales.-
Sin más, saludamos a Usted muy atentamente.-
Prensa Huracán
«La Grandeza hecha pasión»
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